Protegemos el patrimonio de tu familia, sin complicaciones.
Tramitamos tu sucesión de mutuo acuerdo de forma ágil y transparente. Evita conflictos y asegura lo que por derecho te pertenece con el respaldo de abogados con más de una década y media de trayectoria notarial.
Sucesiones y Pensiones Colombia
Garantía Jurídica Notarial · +15 Años de Experiencia
Al firmar el poder
Inicio SeguroApertura formal de expediente, acopio documental y preparación del poder notarial.
En medio del proceso
Avance NotarialRadicación en notaría, gestión de paz y salvos tributarios (DIAN / municipio) y trámite de edicto.
Con escritura finalizada
Cierre y EntregaSolo cancelas el saldo final cuando tu escritura pública de sucesión esté autorizada y lista.
Sabemos que perder a un ser querido ya es difícil.
El papeleo legal no debería sumar más estrés. Olvídate de honorarios ocultos, lenguaje incomprensible y filas eternas. Nosotros hacemos el trabajo notarial por ti.
- ✕ Cobran el 100% o 50% antes de ver resultados tangibles.
- ✕ Meses de silencio sin saber el estado de tu proceso notarial.
- ✕ Costos adicionales imprevistos durante el trámite.
- ✓ Pago por hitos: 20% al firmar poder, 30% a mitad de proceso y 50% con escritura.
- ✓ Comunicación permanente, clara y sin tecnicismos oscuros.
- ✓ El 50% final se liquida únicamente al tener tu escritura pública autorizada.
Un proceso claro, humano y predecible.
1. Diagnóstico rápido
Escríbenos por WhatsApp. Evaluamos tu caso 100% gratis y te damos un presupuesto exacto en minutos.
Abrir chat de WhatsApp →2. Pagos por Avance 20% + 30%
Reunimos los documentos, firmas el poder y pagas solo el 20% para iniciar. Luego abonas un 30% en medio del proceso cuando el expediente esté radicado en notaría. Nuestro gran diferenciador.
3. Éxito Notarial Saldo 50%
Radicamos todo en notaría. Solo pagas el 50% restante cuando tu escritura pública esté lista y debidamente autorizada.
Resumen del Modelo de Pago Escalonado
Sin costo inicial · Te indicamos en qué notaría radica tu caso y qué paz y salvos necesitas
Evalúa la Viabilidad de tu Sucesión en 60 Segundos
Responde 3 preguntas clave para determinar si tu caso califica para trámite notarial ágil y recibe una orientación preliminar de nuestro equipo jurídico directamente en tu WhatsApp.
1. ¿Todos los herederos están de común acuerdo con la partición?
El mutuo acuerdo es el requisito legal indispensable para tramitar la sucesión en notaría de forma rápida y pacífica.
Tu patrimonio respaldado por un equipo legal especializado.
Equipo Jurídico y Notarial
Dirección Jurídica Colegiada · Abogados Especialistas en Familia y Notarial · +15 Años de Experiencia
“Nuestro compromiso institucional es garantizar la tranquilidad de tu familia con absoluta transparencia legal, honorarios escalonados por hitos y la seguridad de una firma especializada.”
Familias que recuperaron su tranquilidad patrimonial.
Historias reales de clientes que resolvieron su sucesión notarial con agilidad, transparencia y el acompañamiento humano de nuestra firma jurídica.
“Teníamos mucho temor de entrar en un proceso desgastante de años. Con el equipo de Sucesiones y Pensiones Colombia todo fue transparente: pagamos solo el 20% al firmar el poder, el trámite notarial tomó exactamente 38 días y recibimos nuestra escritura sin filas ni sorpresas.”
Carlos Eduardo Morales
Bogotá, D.C. · Sucesión de Inmuebles Familiares
“Viviendo en Estados Unidos pensé que sería casi imposible coordinar la sucesión sin viajar semanas a Colombia. Su gestión digital fue impecable: coordinaron poderes consulares y el esquema 20/30/50 nos brindó total certidumbre financiera.”
Dra. Martha Lucía Gómez
Miami / Medellín · Gestión 100% Notarial y Digital
“La claridad desde el primer diagnóstico gratuito fue lo que nos convenció. Nos dieron un presupuesto cerrado y un cronograma exacto. La honestidad del equipo y pagar el 50% final solo contra la entrega de la escritura nos dio una paz mental inmensa.”
Jorge Enrique Restrepo
Cali, Valle · Partición Herencial entre Hermanos
4.9 / 5.0 Calificación Promedio
Más de 350 trámites notariales concluidos con éxito en Colombia
¿Vas a iniciar una sucesión? No des un paso en falso.
Preparamos una guía con los errores más costosos al liquidar una herencia en notarías colombianas: paz y salvos mal tramitados, desacuerdos de avalúos y gastos evitables.
Preguntas Frecuentes
Información clara sobre honorarios escalonados, gastos notariales e inicio de trámites.
¿Debo pagar honorarios altísimos por adelantado?
¡No! Ese es nuestro mayor diferenciador. Hemos estructurado el pago en tres hitos transparentes y justos según el avance real de tu trámite:
- 20% al firmar el poder: para iniciar el estudio documental y la apertura formal del expediente.
- 30% en medio del proceso: tras la radicación notarial, trámite de edictos y solicitud de paz y salvos.
- 50% al finalizar: únicamente cuando tu escritura pública de sucesión esté autorizada y lista.
¿Incluye gastos de notaría?
¿Qué se requiere para tramitar la sucesión de mutuo acuerdo ante notaría?
¿Cuánto tarda en salir la escritura de sucesión?
¿Se puede hacer la sucesión si los herederos viven en el exterior?
Sí, 100% viable sin tener que viajar a Colombia. Gestionamos tu sucesión a través de un poder especial otorgado ante el Consulado de Colombia en tu ciudad o ante notario público local debidamente apostillado bajo el Convenio de La Haya (válido para EE.UU., España, Europa, Canadá y Latinoamérica).
Nosotros nos encargamos de radicar, firmar y registrar la escritura pública en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Colombia.
¿Cuánto se paga de derechos notariales en Colombia?
Las tarifas notariales están fijadas por la Superintendencia de Notariado y Registro (SNR) mediante resolución oficial anual y se calculan sobre el avalúo de la masa herencial.
En nuestro diagnóstico inicial calculamos con exactitud los derechos notariales, retención en la fuente e impuesto de registro (beneficencia) para que tu familia conozca de antemano el costo total sin cobros sorpresa.
¿Quiénes tienen derecho a reclamar la pensión de sobrevivientes?
Conforme a la Ley 100 de 1993 y Ley 797 de 2003 en Colombia, tienen derecho preferencial:
- Cónyuge o compañera(o) permanente: con acreditación de convivencia efectiva mínima.
- Hijos: menores de 18 años, o hasta los 25 años si se encuentran cursando estudios acreditados, o sin límite de edad si presentan invalidez.
- Padres o hermanos: que dependieran económicamente del causante a falta de cónyuge e hijos.
Tramitamos tu reclamación ante Colpensiones, Porvenir, Protección, Colfondos y Skandia con acompañamiento legal integral.
¿Tienes un caso de herencia o pensión familiar?
Descubre en 60 segundos si tu sucesión es viable por notaría o cómo tramitar tu reclamación pensional con respaldo colegiado.